Representación de la evidencia legal digital.
13 de febrero de 2024. El magistrado-juez y profesor en los Grados en Derecho y Criminología y el Máster en Ejercicio de la Abogacía y la Procura de la Universidad Isabel I, Alberto Manuel Santos Martínez, ha realizado un exhaustivo análisis sobre la viabilidad de la prueba digital en los expedientes de jurisdicción voluntaria, es decir, en aquellos expedientes en los que no existe un litigio entre partes pero el tribunal actúa como facilitador para garantizar la legalidad y la protección de los derechos de las partes. El trabajo que analiza el profesor Santos Martínez, desde un punto de vista práctico, se centra en la fase de prueba del expediente y propone pautas para adaptar la regulación existente en la norma procesal civil a estos casos particulares.
En la actualidad, el uso de pruebas digitales en el ámbito civil es innegable y relevante. Correos electrónicos, conversaciones de WhatsApp y grabaciones de video realizadas con dispositivos móviles son admitidas y valoradas con frecuencia por los tribunales para respaldar las posturas de las partes.
Aunque los expedientes de jurisdicción voluntaria no suelen involucrar controversias, es común que los promotores o interesados busquen respaldar sus solicitudes mediante pruebas. Los tribunales intervienen para garantizar la protección de derechos o la autorización judicial en situaciones específicas como la venta de bienes de un menor, la modificación de nombres, la emancipación de un menor, la declaración de ausencia o la aprobación de testamentos, entre otros. “La falta de regulación específica en la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV) lleva a recurrir a las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para la admisión de pruebas digitales”, señala el docente.
El profesor Santos Martínez destaca en su artículo publicado en el último número de la revista Diario La Ley, la necesidad de una mayor flexibilidad en la aportación y valoración de pruebas digitales en la jurisdicción voluntaria. “Aunque se debe respetar la licitud, integridad y autenticidad de estas pruebas, su presencia debe disfrutar de flexibilidad, facilitando su aportación durante el acto de comparecencia”, señala el docente, al tiempo que matiza que “la valoración por parte del juez o del Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) debe ser informada por esta flexibilidad, permitiendo mayor libertad para adoptar la solución más adecuada al caso concreto”.
El estudio del profesor Santos Martínez se centra en la viabilidad de la prueba digital en estos expedientes, buscando determinar si la regulación actual permite su proposición y práctica. Además, identifica posibles problemas derivados de la falta de regulación específica en la LJV y la naturaleza de estos expedientes. El artículo propone pautas de interpretación práctica para complementar el sistema existente.
“La prueba digital plantea desafíos prácticos en su obtención y aportación al proceso judicial. La potencial vulneración de derechos fundamentales, como el secreto de las comunicaciones, la intimidad y la privacidad de datos personales, genera preocupaciones”, argumenta el profesor. En este sentido, la prueba obtenida mediante vulneración de derechos fundamentales podría ser nula en el proceso y su obtención ilícita podría tener repercusiones penales.
El Juez o LAJ tienen cinco días para resolver el expediente. La valoración del magistrado se basará en el principio de libre valoración judicial de la prueba, considerando la lógica, la razón y la sana crítica. En este sentido, el profesor sugiere “aportar pruebas digitales junto con la solicitud, comunicar la intención de presentar estas pruebas para asegurar la disponibilidad de medios técnicos en la comparecencia, presentar alternativas que puedan garantizar la autenticidad de la prueba como la firma electrónica o el acta notarial, y destacar la necesidad de examen inmediato por parte del tribunal de la prueba documental y otros medios que garanticen su legalidad”.
Este artículo proporciona una visión general del contenido relacionado con la prueba digital en los expedientes de jurisdicción voluntaria, brindando información detallada sobre su regulación, presentación, admisión, impugnación, práctica y valoración.