Qué se reconoce
Es posible reconocer formación superior previa:
- Estudios universitarios oficiales iniciados o finalizados.
- Ciclo formativo de grado superior, FPII o equivalente.
- Título propio universitario.
- Acreditaciones de inglés nivel B1 o superior.
Así como experiencia laboral relacionada con la titulación que deseas cursar y aquellas actividades universitarias de cooperación, solidarias, culturales, deportivas y de representación estudiantil desarrolladas durante el periodo de estudios universitarios.
Para ello, realizaremos un estudio de reconocimiento de créditos previo a la matrícula para que sepas el número de créditos que se te podrán reconocer y las asignaturas que no tendrás que cursar; de este modo, podrás tener una visión global de la duración de tus estudios y de su coste.
El reconocimiento de créditos se efectuará a través de la adecuación entre competencias, conocimientos adquiridos y carga crediticia de acuerdo con las condiciones y requisitos de la normativa vigente. Todos los estudios serán aprobados por la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad Isabel I.
Para solicitarlo, solo tienes que cumplimentar el siguiente formulario y tu gestora personal se pondrá en contacto contigo.
Cómo se reconoce
1. Estudio previo de reconocimiento de créditos
Para solicitar el estudio previo de reconocimiento de créditos, debes realizar dos pasos:
- Cumplimentar el formulario de solicitud. Tienes además la opción de añadir una observación indicando algún aspecto importante que consideres que se ha de tener en cuenta a la hora de realizar el estudio.
- Enviar a tu gestora personal, en archivos separados, la documentación que certifique la formación previa y/o experiencia profesional que solicitas que sea reconocida en una titulación de la Universidad Isabel I.
A efectos de reconocimiento de créditos por estudios superiores previos, se requiere:
- Certificado de notas de la titulación universitaria oficial.
- Certificado de notas del Ciclo Formativo de Grado Superior (o equivalente) y título CFGS.
- Título y programa de contenidos de títulos propios universitarios (no es válida ni da lugar a reconocimiento la formación que no esté impartida y certificada por una universidad).
- Certificados de acreditación de inglés nivel B1 o superior expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas o por entidades reconocidas por ACLES.
Si tienes experiencia profesional relacionada con la titulación, además tendrás que enviar documentación que la acredite, como:
- Informe de vida laboral actualizado.
- Certificado/s de las funciones desempeñadas en la empresa que pueden dar lugar al reconocimiento.
- Hoja de Servicios (si eres funcionario).
- Alta de autónomo y declaración responsable en el que se especifiquen las funciones realizadas como autónomo (además del informe de vida laboral) si trabajas por cuenta propia.
2. Resolución provisional de reconocimiento de créditos
En un plazo no superior a 10 días naturales, tendrás la resolución provisional de tu solicitud en el espacio personal, en el que podrás ver qué asignaturas del plan de estudios se reconocen.
Esta resolución no tiene validez académica, sino informativa con la finalidad de que tengas una visión de los créditos que se te puedan reconocer en virtud de la información académica y laboral indicada y la documentación aportada.
La resolución provisional tendrá validez durante el curso académico en el que se solicita el estudio previo. Transcurrido ese periodo sin que se haya producido la emisión de la resolución definitiva por causas no imputables a la Universidad, quedará sin efectos.
3. Resolución definitiva de reconocimiento y transferencia de créditos
Para convertir en definitiva la resolución provisional de reconocimiento de créditos, una vez matriculado será necesario que envíes a la Universidad copias compulsadas o con sistema de verificación digital de los certificados de notas y/o títulos propios que hubieran dado lugar al reconocimiento provisional, así como copias de la documentación relativa a la experiencia laboral y/o profesional.
Los títulos y certificados de notas expedidos en el extranjero deberán estar legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la Apostilla del Convenio de la Haya, excepto los expedidos en Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Igualmente, se eximen de legalización los documentos expedidos por Suiza, por acuerdo bilateral con la Unión Europea. Además, deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano.
Aportada la documentación acreditativa, la Universidad emitirá la resolución definitiva.
La resolución definitiva se enviará con disposición de un plazo de 30 días naturales para el abono del importe resultante en aplicación de los siguientes supuestos:
- 2.00€ por crédito reconocido de enseñanzas oficiales de la Universidad Isabel I y Centro FP Río Duero.
- 10.00€ por crédito reconocido cursado en otra universidad, o que traiga causa de experiencia laboral.
Satisfecho el importe resultante de la resolución definitiva, se consignarán las asignaturas reconocidas/transferidas en tu expediente académico.