Reconocer los derechos de los niños a opinar sobre su educación.
10 de agosto de 2023. El artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño es una disposición sin precedentes en un tratado de derechos humanos y apunta a la condición jurídica y social del niño en la que se reconoce el derecho de los niños, niñas y jóvenes a participar en su educación y ser escuchados. Este artículo señala que:
“Los Estados parte garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño”, según se recoge en un informe de ACNUR.
Igualmente, los organismos internacionales como la Convención de los Derechos del Niño, tratado internacional de Derechos Humanos firmado el 20 de noviembre de 1989 indica que los niños
“son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones” (art. 54 de la Convención de los Derechos del Niño)
La profesora Rebeca Zabaleta González, docente del Máster en Formación del Profesorado y el Grado en Educación Infantil de la Universidad Isabel I, ha analizado esta cuestión en un artículo titulado ‘Nuevos retos para la orientación en educación inclusiva y derechos de la infancia: evaluación de la capacidad para participar’. El artículo se ha publicado en la Revista de Investigación Educativa y está firmado por los profesores de la UBU: Raquel Casado Muñoz, Ainhoa Segura y Fernando Lezcano-Barbero.
Los autores del artículo señalan que en España, y en concreto en Castilla y León, la legislación protege los derechos de los niños y recoge esta propuesta internacional (Ley Orgánica 8/2015 y Pacto por los Derechos de la Infancia de Castilla y León, 2012). La legislación propone facilitar las vías de participación de los niños para que puedan expresar su opinión en aquellas decisiones que les afecten. Sin embargo, ante el desconocimiento de este derecho dificulta su participación con la prevalencia de la opinión de los padres y el sistema educativo, asignando a los niños un rol pasivo como alumnos.
Los alumnos con mayores dificultades serían aquellos menores con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE), y más concretamente, los niños con discapacidad.
Los docentes realizaron un estudio con 326 personas relacionadas con el ámbito educativo en el que trabajaron a través de entrevistas en profundidad y encuestas con alumnos, padres, orientadores, profesores de apoyo, tutores de aula, y otros profesionales educativos.
Entre las conclusiones señalan que el derecho del niño a opinar sobre su educación no es ampliamente conocido por la comunidad educativa, “no existiendo un reconocimiento pleno del protagonismo de la infancia en su propio desarrollo”, señalan en su artículo. Los docentes indican que desde la comunidad educativa se plantea una buena disposición para que los niños participen en las dinámicas de los centros, al tiempo que se plantean “dudas sobre las capacidades de los niños NEAE para participar en determinados procesos, y que esta evaluación pueda suponer un obstáculo para el ejercicio de sus derechos”, matizan.
“La falta de profesionales y de tiempo, la carencia de un enfoque adecuado o la reducida información y formación sobre este tema genera dificultades para incluir el desarrollo de este derecho infantil en el sistema educativo”, han indicado los profesores como principal conclusión de su trabajo de investigación. Los docentes recomiendan hacer un esfuerzo para conocer más las normas internacionales y armonizar la legislación nacional y regional en el contexto de la educación, al tiempo que proponen la elaboración de guías y materiales adecuados para que lleguen a toda la comunidad educativa.