José Torres Remírez Coordinador del Grado en ADE.
Lun, 31/10/2022 - 10:56

Fotograma de la película Proceso a Jesús

Fotograma de la película 'Proceso a Jesús'. Filmaffinity.com.

Serie: 'El Derecho Responde' (CLXIV)

Cuando se está estudiando Derecho, existen numerosas listas, páginas e incluso libros en los que se recomiendan películas que tratan o versan sobre esta materia. Una buena manera de desconectar, pero seguir aprendiendo o interesándose sobre el Derecho. Entre las películas que se suelen mencionar encontramos: “Doce hombres sin piedad” (1957), “Testigo de cargo” (1957) o “Anatomía de un asesinato” (1959); incluso películas más actuales como “El juicio de los 7 de Chicago” (2020) o “Aguas Oscuras” (2019). 

Rodaje de una película.

Estas listas, faltas de heterogeneidad, provocan el hastío de los que buscan películas sobre Derecho. Por ello, aquí se va a hablar de olvidados: “Proceso a Jesús” (1974).

¿Por qué relacionamos esta película y el Derecho?

Por la pregunta que plantean los protagonistas: ¿Fue verdaderamente culpable Jesús según el derecho romano?

Paso procesional del juicio de Jesús de Nazaret. Hermandad del Carmen Doloroso. Semana Santa, Sevilla.

La sinopsis es sencilla. Un grupo de sefardíes vuelve a España, a su Toledo natal, tras estar su familia errando por Centroeuropa desde el edicto de expulsión en 1492, y desde la sinagoga de Toledo, deciden hacer un difícil ejercicio, una tesis, una obra de teatro… un juicio. Pero no uno cualquiera, sino al mismísimo Jesucristo. O mejor dicho a Jesús de Nazareth, hijo de María y José. Al hombre.

Un juicio sin acusado, sólo revisando las querellas, interrogando a los que quieren condenarlo y a quienes quieren salvarlo, pero dejando de lado todo carácter religioso. Un juez imparcial juzgando las obras de un hombre más. En otras palabras, conseguir que la justicia logre su objetivo: ser ciega.

¿Por qué no encontramos esta película entre las que se suelen recomendar?

Los motivos son bien sencillos, el primero es que es una película española. Generalmente los críticos al realizar esta clase de películas busquen cintas internacionales, más conocidas, infravalorando el buen hacer de los cineastas españoles. Precisamente entre los cinéfilos españoles se adolece de un sesgo temporal y no suelen recomendar películas rodadas durante el franquismo. Esto se debe a la creencia de que todo el cine de esa época era propagandístico y/o estaba desfigurado por la censura y el régimen, lo que impide que haya cine de calidad[1], salvo contadas excepciones.

El segundo motivo es el hecho de que el director, José Luis Sáenz de Heredia, fuera el responsable de la película “Raza” (1941) y el documental “Franco: ese hombre” (1964). Esto provoca que, entre todos los directores olvidados del cine español, Heredia esté olvidado y proscrito.

Para acabar, las listas últimamente exigen poco al espectador, películas que no hacen pensar y dan todo hecho. Personajes maniqueos y argumentos fáciles. “Proceso a Jesús exige del espectador un esfuerzo, como solía hacer el cine. Si Dios es culpable ¿tendría el valor de condenarlo?

Muro de las lamentaciones, Jerusalén.

Sigue la publicación de este artículo en La importancia del derecho plasmada en el cine (II)

Editor: Universidad Isabel I

Burgos, España

ISSN: 2603-9087


[1] Esta opinión es ampliamente compartida por los entrevistados en los documentales de: “Sesión Salvaje” (2019), “El Precio de la risa” (2017), “Por la Gracia de Luis” (2009), “Soledad Miranda, una flor en el desierto” (2015), “Miguel Picazo, un cineasta extramuros” (2016), “La máquina del tiempo del cine aragonés” (2016), “Fernando Guillén: en el uso de la palabra” (2015), “Goodbye Ringo” (2018), “¡Zarpazos! Un viaje por el spanish horror” (2013) o “Imprescindibles: Rafael Azcona” (2016).

 

 

 

 

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