María Martín de Vidales Profesora del Grado en Historia, Geografía e Historia del Arte
Vie, 03/12/2021 - 10:00

Azulejos de la proclamación de la constitución de 1812 en la Plaza de España en Sevilla

Azulejos de la Proclamación de la Constitución de 1812 en Cádiz que se encuentran en la Plaza de España de Sevilla.

Serie: 'Haciendo Historia' (LXIII)

La Constitución de 1978 fue el colofón al proceso de transición democrática. Tras la dictadura franquista, donde funcionó una pseudo-constitución, el fuero del trabajo, España pudo por fin garantizar, en diciembre de 1978, un amplio abanico de derechos a la gran mayoría de la sociedad civil. Fue un importante punto de inflexión en la historia española del siglo XX, pues la última vez que se produjo una situación similar fue durante la Segunda República, más de cuarenta años atrás. Sin duda, junto a la reforma política o los Pactos de la Moncloa, la Constitución de 1978 cerró definitivamente la etapa dictatorial. Sin embargo, sus ideas esenciales no eran nuevas. El anhelo por valores como la igualdad y la libertad, heredados de la Revolución Francesa, ya habían estado presentes mucho antes y, de hecho, son observables en las cartas magnas del siglo XIX.

Durante la Guerra de Independencia el pueblo español instó al rey para que retomase las riendas del gobierno. El rechazo hacia las tropas francesas no fue el único aspecto que dinamizó esta revuelta, sino también la necesidad de un reformismo político y social. Fue en el marco temporal en el que se desarrolló la Guerra de la Independencia cuando quedó constancia de este afán de transformación que afectó la configuración de la política española.

La Constitución de 1812, considerada la primera constitución española y conocida popularmente como “La Pepa”, debido a que fue aprobada el 19 de marzo, festividad de San José. Estuvo en la línea de otras cartas magnas que fueron aprobándose en Europa, con una salvedad: los principios del liberalismo democrático que se incorporaron a su redacción y la supeditación de la monarquía a estos. Por ejemplo, se declaró a la nación soberana y se estableció la separación de poderes. Además, recogió algunos de los derechos y libertades fundamentales como la libertad personal. Aunque no se puede hablar de una constitución democrática, se debe reconocer que fue el punto de partida de un nuevo periodo político.

Fig.1. Salvador Viniegra, Promulgación de la Constitución de 1812, (1912, Museo de las Cortes de Cádiz). Fuente: Wikipedia

Fig.1. Salvador Viniegra, Promulgación de la Constitución de 1812, (1912, Museo de las Cortes de Cádiz). Fuente: Wikipedia

Su repercusión fue notable, al punto de que tuvo su impacto sobre los pintores y sus obras de arte. En plena euforia gaditana, Salvador Viniegra se desplazó a la antigua Gades para realizar este cuadro (ver figura 1) en el que se hacía referencia a la promulgación de la Constitución de 1812. En el lienzo aparecen varios elementos que aluden al propio acto, como la fecha del propio evento, decoraciones propias del Neoclasicismo que pretenden vincular el momento con el origen de la democracia en el mundo antiguo o los escudos de los territorios que se regían por esta Constitución. El público que acompaña la comitiva aparece representado bajo los parámetros estilísticos del momento, majos con el gorro frigio –alusivo al concepto de libertad– y majas con mantilla y trajes goyescos aclaman extasiados la Constitución. Esta composición fue utilizada para la decoración de la Plaza España de Sevilla, aludiendo a la provincia de Cádiz se representaba la obra de Viniegra en los azulejos del panel frontal de la estructura.

La euforia por este nuevo periodo liberal terminó al regreso de Fernando VII quién, pese a ser el deseado se convirtió en "el ignominioso", al derogar la Constitución y reestablecer el absolutismo. Fue a partir de ese momento cuando se inició en España una carrera política repleta de altibajos, marcados por la influencia, más o menos significativa, de liberales o conservadores sobre la monarquía, como se observa en las continuas modificaciones producidas en distintos órdenes: político, social o económico. Por este motivo, la inestabilidad política dominó toda la centuria. La alternancia de liberales y conservadores se orquestó a través de pronunciamientos que, aunque solían evitar los enfrentamientos militares en alguna ocasión desembocaron en situaciones más conflictivas como la revolución que destronó a Isabel II.

En este contexto destacó la singular figura de la reina María Cristina De Borbón, esposa de Fernando VII y regente de España desde 1833 hasta 1840, debido a la minoría de edad de su hija Isabel.

Fig.2. Vicente López Portaña, María Cristina de Borbón, reina de España, 1830. Fuente: Museo del Prado Fig.3. José Ribelles y Helip, Alegoría de España con la Reina María Cristina e Isabel II, 1833. Fuente: Museo del Romanticismo

Fig.2. Vicente López Portaña, María Cristina de Borbón, reina de España, 1830. Fuente: Museo del Prado

Fig.3. José Ribelles y Helip, Alegoría de España con la Reina María Cristina e Isabel II, 1833. Fuente: Museo del Romanticismo

Fue una figura clave para comprender cómo se desarrolló la historia política del siglo XIX, pues durante su regencia se vivió un episodio de insurrección en el que la monarquía tuvo que ceder a la Constitución de 1812: la Sargentada de La Granja.

Históricamente el Palacio Real de La Granja había sido el lugar preferido por los monarcas para pasar los periodos estivales. Por eso, en el verano de 1836, aprovechando la estancia de la regente, se llevó a cabo una sublevación militar, presta a “restituir el orden”. De hecho, no fue una simple conducta de indisciplina militar, sino la consecuencia de la atribulada situación del país. En varias zonas de España, como en Andalucía o Aragón, se produjeron revueltas solicitando el regreso de “La Pepa”. Gómez (1864) ha indicado que el 12 de agosto, con María Cristina en la Granja, se produjo la revuelta:

Una voz de ¡a las armas!” dada en la compañía de tiradores de la guardia real provincial fue bastante para que instantáneamente se pusiese todo el batallón sobre ellas. […]. Con el mayor orden salieron las compañías del cuartel y formadas enfrente de este, se sacó la bandera con los honores de ordenanza, dando vivas a la Constitución y a la Reina constitucional, formando todos los oficiales en sus respectivos puestos (p. 13).

La guardia real presionó a la regente y la expuso las condiciones necesarias para retomar la estabilidad, que jurase y restableciese la Constitución de 1812. Pasados veinticuatro años desde su redacción, una parte de España exigía su instauración, fruto de las garantías, derechos y deberes que esta establecía. Sin embargo, la regente María Cristina facilitó la aprobación de un texto conciliador: la Constitución de 1837, una ley de leyes que también sería jurada por su hija, la reina Isabel II. El texto legal se basó en “la Pepa”, pero tuvo un carácter diferente: una declaración destacada de derechos como la libertad de expresión o de las garantías penales.

Fig.4. José Castelaro, Isabel II jurando la constitución de 1837, c.1844. Fuente: Wkipedia

Fig.4. José Castelaro, Isabel II jurando la constitución de 1837, c.1844. Fuente: Wkipedia

En síntesis, la “Pepa” es la primera Constitución de España. Su promulgación fue la constatación de una transformación del pensamiento político del momento. Marcada por el liberalismo, tuvo una notable influencia en la evolución de las diferentes constituciones que fueron aprobándose a lo largo del siglo XIX y XX. De hecho, su primera aportación sirvió de base para el resto de las constituciones. Por supuesto, tal reforma debe ser vista desde la perspectiva del momento histórico en el que se generó. En este sentido, la Constitución de 1978 debe entenderse como el triunfo de un largo periodo de luchas ideológicas, sublevaciones y dictámenes absolutistas. Tampoco puede eludirse que su base ideológica se remonte a los mismos preceptos que defendió la “Pepa”: igualdad y libertad.

Referencias

GÓMEZ. A. (1864). Los sucesos de La Granja en 1836. Apuntes para la historia. [S.l.], Imp. Manuel de Rojas.

Editor: Universidad Isabel I

Burgos, España

ISSN: 2659-398X

 

Añadir nuevo comentario

La Universidad Isabel I tratará la información que nos facilite con el fin de publicar su comentario como respuesta a esta entrada de su blog, así como para mantenerlo informado de nuestra actividad. Más información sobre este tratamiento y sus derechos en nuestra política de privacidad.