Amalia Herencia Grillo - Jue, 05/10/2023 - 09:41
El trabajo del guardaespaldas.
Serie: 'Seguridad a tu alcance' (XXXVII)
Muchos de vosotros, si no por edad, por referencias, conoceréis la película “El guardaespaldas”[1], de 1992, protagonizada por Whitney Houston y Kevin Costner. En aquel año, supuso, aparte de un éxito de taquilla y de banda sonora, un conocimiento algo más cercano (sesgado por la industria estadounidense del cine) de la figura de los guardaespaldas en Estados Unidos. Mucho más recientemente, se ha hablado en los medios de Yassine Chueko[2], el guardaespaldas de Leo Messi, jugador del Inter de Miami.
Guardaespaldas.
Aparte de estas figuras más o menos mediáticas, la figura del guardaespaldas de autoridades (también conocidos como escoltas) es muy diferente en España y en Estados Unidos, por diferentes motivos; vamos a continuación a describir en líneas generales la normativa que aplica a estos trabajadores cuando acompañan a instituciones públicas. En España, un guardaespaldas debe regirse por el reglamento CEE 1408/71[1] (entre otras leyes locales), que es el que regula la seguridad de los trabajadores desplazados a otros países, entendiéndose como tal aquellos pertenecientes al cuerpo diplomático y consular. Estos candidatos pertenecen, en su mayoría, a cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en activo, es decir, son previamente empleados públicos.
A priori, estas misiones en otros países y, por lo tanto, su seguridad, se limitan a 12 meses, pudiéndose prorrogar, y la ley restablece quién tiene derecho a esta protección a cargo de los fondos públicos, siendo en la actualidad algo menos de 200 personas[2].
Diplomacia.
En Estados Unidos, sin embargo, el reglamento y las condiciones laborales son diferentes. Una de las máximas aspiraciones de los empleados de seguridad en ese país es llegar a ser escolta del Presidente de Estados Unidos[1], también conocido como Servicio Secreto[2]. Pero, en líneas generales, observamos algunas diferencias con España; los escoltas estadounidenses no son necesariamente empleados públicos, sino candidatos de cualquier origen que deben pasar una serie de duras pruebas para acceder al cargo, aunque algunos de ellos han pertenecido previamente a las fuerzas armadas[3]. Aparte de esta diferencia sustancial, hay otras como el salario (más alto en EEUU), los requisitos de acceso al puesto (más flexibles también en EEUU), la edad máxima para ser escolta (mayor en España) y las potestades en uno u otro país.
En ambos países, sin embargo, el nivel de responsabilidad es muy similar, y eso coincide con las competencias y las aptitudes necesarias para acceder al puesto. Por ley, ambos cuerpos deben portar armas en el ejercicio de su cargo, deben pasar estrictos controles de salud, tanto física como mental, y someterse a test de drogas de manera periódica. Es, sin duda, una interesante y también arriesgada salida profesional.
Editor: Universidad Isabel I
ISSN 2697-288X
Burgos, España
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