Elisa M. - Jue, 18/06/2015 - 10:15
Mi primera entrada en el blog de la Universidad Isabel I me gustaría dedicarla a las últimas modificaciones legales en torno a la edad mínima para contraer matrimonio en España.
La semana pasada, el Pleno del Senado aprobó el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que eleva de 14 a 16 años la edad mínima para contraer matrimonio en España. De esta forma, se equipara la edad para contraer matrimonio con la edad mínima de consentimiento sexual que el nuevo Código Penal (que entrará en vigor el próximo 1 de julio) fija en los 16 años, así como se elimina la posibilidad de que un joven pueda emanciparse a los 14 años por casarse.
Finalmente, se aplaza hasta 2017 la celebración de bodas y divorcios de mutuo acuerdo ante notario o secretario judicial.
¿Creéis que, a la hora de contraer matrimonio, un menor de 16 es más consciente que uno de 14 años? ¿Conocéis algún caso cercano?
Como profesora de Derecho civil considero que esta noticia resulta muy interesante, no solo para los alumnos que el año que viene cursarán en 3er curso la asignatura de Derecho de familia y sucesiones, sino también para el resto, pues incide directamente en uno de los requisitos esenciales que tradicionalmente han identificado al matrimonio español, esto es, el límite de edad.
Más info:
http://www.elperiodicomediterraneo.com/noticias/sociedad/16-anos-edad-minima-matrimonio_937783.html
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