Requisitos de acceso al Grado en Educación Primaria

El Grado no exige conocimientos previos, ya que las materias impartidas arrancan de la base adquirida, ya sea en Bachillerato o en los Ciclos Formativos de Formación Profesional relacionados, dedicándose los primeros trimestres a ofrecer la formación de base necesaria para afrontar los conocimientos que se tratarán posteriormente a lo largo de la Titulación.

La persona que solicite cursar estudios universitarios en la Universidad Isabel I conducentes a la obtención de una titulación oficial tiene que cumplir los requisitos que establezca la legislación vigente para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial*, sin establecerse, por tanto, criterios o pruebas de acceso especiales por parte de esta Universidad.

* Actualmente está vigente el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.

De la misma manera, el estudiante tendrá que cumplir los requisitos de acceso que establezca la propia Universidad Isabel I en sus “Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Isabel I”, que la Universidad ha elaborado conforme a lo dispuesto por el artículo 1.3 de la LEY 3/2011, de 22 de marzo, por la que se reconoce como Universidad Privada a la «Universidad Internacional Isabel I de Castilla».

Los requisitos de acceso atenderán a lo previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. Por tanto, se podrá acceder a esta titulación por las siguientes vías:

  • Desde el Sistema Educativo Español:
    • Pruebas de acceso a la universidad superada:
      • Selectividad.
      • PAU.
      • EBAU.
      • Prueba de acceso de mayores de 25 años.
    • Estudios iniciados y no finalizados de Grado, Diplomatura, Licenciatura, Ingeniería, etc., correspondiente a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o equivalente, siempre que la universidad en la que quieran continuar estudios les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.
    • Título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y de Técnico Deportivo Superior.
    • Título universitario de Grado, Máster, Diplomatura, Licenciatura, Ingeniería, etc. correspondiente a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o equivalente.
    • Habiendo cursado estudios universitarios parciales españoles, siempre que la universidad en la que quieran continuar estudios les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.
    • Acceso de mayores de 40 años por experiencia laboral.
  • Desde sistemas educativos miembros de la Unión Europea o con acuerdos internacionales.
    • Título de Bachillerato Europeo.
    • Título de Bachillerato Internacional (expedido por la Organización del Bachillerato internacional, con sede en Ginebra).
    • Homologación del título de Bachiller o Técnico Superior de Formación Profesional.
    • Homologación o Declaración de Equivalencia de un título universitario oficial de un Estado miembro de la Unión Europea o de un país con el que España mantenga acuerdos internacionales a un título universitario oficial español.
    • Habiendo cursado estudios universitarios parciales extranjeros o quienes, habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros, no hayan obtenido su homologación o declaración de equivalencia en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad en la que quieran continuar estudios les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.
  • Desde sistemas educativos de estados sin acuerdos internacionales
    • Homologación de un título de Bachiller o de Técnico Superior de Formación Profesional de un Estado no perteneciente a la Unión Europea y sin acuerdos internacionales con España.
    • Homologación o Declaración de Equivalencia de un título universitario oficial de un Estado NO miembro de la Unión Europea o de un país sin acuerdos internacionales a un título universitario oficial español.
    • Habiendo cursado estudios universitarios extranjeros iniciados o finalizados sin obtención de la homologación o declaración de equivalencia en España. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad en la que quieran continuar estudios les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.

Todo ello teniendo siempre en cuenta lo dispuesto sobre requisitos de acceso en el artículo 3 de la Ley 3/2011, por la que se crea nuestra Universidad y que establece lo siguiente:

  • Podrá acceder a la Universidad Isabel I el alumnado que cumpla los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder a la enseñanza universitaria.
  • La Universidad Isabel I regulará el régimen de acceso y permanencia del alumnado en sus centros, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, garantizando, en todo caso, que no exista discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Proceso de admisión

Los estudiantes deberán contactar con la Universidad Isabel I para iniciar los trámites. Para ello la Universidad les asigna un orientador personal que los guiará durante todo el proceso de matrícula.

El orientador facilitará a los estudiantes interesados el acceso a su espacio personal en el Campus Virtual para que puedan formalizar la solicitud, aportando la documentación que en cada caso les sea requerida (vía de acceso, documento de identidad, etc.). Una vez valorada la documentación por el Departamento de Admisiones y Secretaría, la solicitud podrá ser aceptada, pudiendo entonces el alumno formalizar su matrícula.

La difusión de los criterios necesarios para acceder al título se publicitará a través de la página web, siguiendo la misma estructura que se emplea actualmente para publicitar los Grados y Másteres Oficiales ofertados por la Universidad.

Criterios de admisión en el caso de que la demanda supere a la oferta

La Universidad Isabel I no ha establecido pruebas de acceso y/o admisión especiales. La matrícula tendrá dos periodos: julio y, si hubiera vacantes, agosto-septiembre.

Para la selección de los aspirantes, para el caso de que la demanda supere la oferta, la admisión de estudiantes se realizará en base a criterios públicos y objetivos que tendrá en cuenta:

  • En primer lugar, el expediente académico de la titulación de acceso al Grado (PAU / Formación profesional / Expediente académico de la titulación), que computará en 60%. La fórmula aplicada para proceder a la valoración de los expedientes responderá a la aplicación directa del porcentaje (60%) por la nota media reflejada en el respectivo certificado.
  • En segundo lugar, se priorizará la admisión de alumno con vinculación a la Rama de conocimiento de los estudios que hubiera cursado y/o la PAU/Bachillerato a los estudios para los que solicita la admisión, que computará en un 40%. En este sentido y atendiendo a la propia naturaleza de la titulación se priorizarán las matriculaciones de aquellos alumnos con estudios previos vinculados directamente con la rama de conocimiento: «ciencias sociales y jurídicas».
  • Bachillerato/PAU: se podrá acceder desde cualquier modalidad de bachillerato, sin embargo, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
  • Modalidad de Bachillerato (LOMCE)* Ponderación*
    Bachillerato en Humanidades y Ciencias Sociales 100%
    Bachillerato de Artes 80%
    Bachillerato de Ciencias y Tecnología 50%
    * Se han tomado como referentes las modalidades de Bachillerato establecidas por la LOMCE (2013), sin embargo, en el caso de que las titulaciones de origen correspondan a un sistema de ordenanza anterior se seguirán las pertinentes equivalencias;
    ** Esta ponderación corresponde al 40% de la valoración general otorgado para este criterio de acceso.
  • Titulaciones universitarias: respecto a aquellos alumnos que presenten estudios universitarios previos y de igual manera que en el caso anterior se priorizarán las matriculaciones de aquellos alumnos con estudios previos vinculados directamente con la rama de conocimiento: «ciencias sociales y jurídicas» y especialmente de aquellos que presenten formación específica en el área de educación. La ponderación porcentual equivalente al peso del 40% que implica la aplicación de este criterio, se presenta desglosada en la siguiente tabla:
  • Ámbito del conocimiento Ponderación*
    Ciencias de la educación 100%
    Ciencias del comportamiento y psicología 80%
    Ciencias sociales, trabajo social, relaciones laborales y recursos humanos, sociología, ciencia política y relaciones internacionales 70%
    Estudios de género y estudios feministas 50%
    Filología, estudios clásicos, traducción y lingüística 20%
    Actividad física y ciencias del deporte 20%
    Historia, arqueología, geografía, filosofía y humanidades 10%
    Historia del arte y de la expresión artística, y bellas artes 10%
    Industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual 10%
    Interdisciplinar 10%
    * Se han tomado como referentes los diferentes ámbitos del conocimiento establecidos por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

En caso de igualdad una vez aplicados los criterios anteriores se respetará el orden de llegada de la solicitud de matrícula.

Alumnos extranjeros nacionales de países cuya lengua oficial sea distinta del español

Los alumnos con una nacionalidad distinta a la española, o correspondiente a Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar, en el momento de formalización de su matrícula en cualquier titulación oficial impartida por la Universidad Isabel I en español, los conocimientos correspondientes al nivel B2 de lengua española.

La acreditación de estos conocimientos podrá realizarse por alguno de los siguientes medios:

  • Presentar un certificado de dominio de nivel B2 de español o superior de entre los que se especifiquen desde la Escuela de Idiomas de la Universidad Isabel I.
  • Superar una prueba específica certificadora de nivel B2 organizada por la Escuela de Idiomas de la Universidad Isabel I, que tiene la finalidad de certificar la consecución de las competencias del nivel B2 de español.

Número de créditos de matrícula por alumno y periodo lectivo

Se entenderá por estudiantes a tiempo completo, aquellos que se matriculen de los 60 créditos ECTS que configuran cada curso académico del «Grado en Educación Primaria».